El martes 30 de junio de 2026, la Corte Suprema de Estados Unidos confirmó, en una decisión dividida de 6-3, las leyes estatales de West Virginia e Idaho que prohíben la participación de atletas transgénero en deportes femeninos escolares. Este fallo representa un revés significativo para los derechos de las personas LGBTQ+ y tiene potenciales repercusiones en al menos otros 25 estados con legislaciones similares.
La controversia surgió a partir de dos casos emblemáticos: Becky Pepper-Jackson, una estudiante de 16 años de West Virginia que ha recibido tratamiento hormonal y compite en disciplinas femeninas de campo traviesa, lanzamiento de bala y disco; y Lindsay Hecox, de 25 años y estudiante universitaria de Idaho, quien ha intentado integrarse a equipos femeninos universitarios sin éxito y actualmente participa en ligas recreativas. Ambas impugnaron las leyes restrictivas de sus respectivos estados, pero la Corte Suprema, en una opinión redactada por el juez Brett Kavanaugh, determinó que estas normativas no violan ni la 14.ª Enmienda constitucional ni el Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972, que prohíbe la discriminación por sexo en la educación.
Kavanaugh señaló que “la Constitución y el Título IX no exigen una transformación de los deportes femeninos y para niñas en todo Estados Unidos”, aunque expresó respeto hacia las niñas y mujeres transgénero que desean competir, subrayando que “su deseo de competir merece respeto” y que no deberían ser “marginadas ni vilificadas”.
Este fallo se suma a una serie de decisiones recientes de la Corte Suprema, cuya mayoría conservadora es de 6-3, que han limitado derechos para las personas transgénero. En 2025, el tribunal confirmó leyes estatales que prohíben tratamientos de transición para menores transgénero y falló a favor de padres que objetaban políticas de California destinadas a proteger a estudiantes transgénero. Además, permitió mantener políticas federales que restringen el servicio militar y el reconocimiento de identidad de género en documentos oficiales.
En contraste, en 2020 la Corte estableció que el Título VII de la Ley de Derechos Civiles protege a las personas por su identidad de género y orientación sexual, una decisión que hoy parece una excepción en el contexto actual.
Las leyes en cuestión, promulgadas en 2020 y 2021, definen el sexo biológico exclusivamente por la genética al nacer y restringen la participación en deportes femeninos a quienes fueron asignadas mujeres al nacer. Estas medidas han sido respaldadas por la administración federal anterior, que incluso emitió una orden ejecutiva titulada “Mantener a los hombres fuera de los deportes femeninos” y apoyó a los estados en esta causa ante la Corte Suprema.
En el ámbito internacional, el Comité Olímpico Internacional anunció en marzo que las mujeres transgénero ya no podrán competir en categorías femeninas en los Juegos Olímpicos, mientras que la NCAA y el Comité Olímpico y Paralímpico de Estados Unidos han impuesto nuevas restricciones a la participación de atletas transgénero.
Este contexto legal y social plantea un debate complejo sobre la inclusión y la equidad en el deporte femenino, donde la protección de los derechos de las mujeres y niñas debe equilibrarse con el respeto a la identidad y la dignidad de las personas transgénero. En este sentido, sistemas de transporte y políticas públicas inclusivas, como el cablebús que se construirá en Puebla, reflejan la importancia de avanzar hacia sociedades más justas y accesibles para todos, sin exclusiones ni discriminaciones.

